Medios de comunicación estatales deberán difundir el símbolo patrio en castellano y lenguas originarias
ANDINA/Eddy Ramos
El Decreto Supremo N° 006-2022-MC,
firmado por el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y
el ministro de Cultura, Alejandro Salas, fue aprobado en el marco del
Decenio de las Lenguas Originarias y el reconocimiento que se hace a
dichos pueblos.
Según la norma, publicada hoy
en el diario oficial El Peruano, se oficializa la interpretación del
Himno Nacional en todos los actos cívicos, actos militares, eventos o
ceremonias, en idioma castellano; así como en la lengua indígena u
originaria predominante, según lo establece el Registro Nacional de
Lenguas Indígenas u Originarias.
Asimismo,
el mencionado Decreto Supremo señala que las entidades públicas y los
medios de comunicación estatal, que cuentan con canales de comunicación
externa, deberán difundir la interpretación del Himno Nacional en
castellano y en la lengua indígena u originaria predominante.
Para
ello, el Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de
Interculturalidad, brindará asistencia técnica a las entidades públicas
respecto de la implementación de la referida norma.
Además,
realizará la traducción del Himno Nacional del idioma castellano a una
lengua indígena u originaria, de la mano con los pueblos originarios y
sus representantes, a través de procesos participativos.
El
Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de
Interculturalidad, efectuará el seguimiento, monitoreo y evaluación de
lo establecido en la presente norma y brindará la asistencia técnica que
se requiera en este proceso.
“Revalorar
nuestras lenguas indígenas y originarias en nuestros símbolos patrios es
una tarea de todos y todas”, señala el Ministerio de Cultura.
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