Norma firmada por el exministro Francesco Petrozzi establece estímulos económicos, educación cinematográfica y difusión y promoción del cine nacional.
El diario El Peruano publicó la nueva Ley de cine peruano a través de un decreto de urgencia firmado por el exministro de Cultura, Francesco Petrozzi.
El
decreto de urgencia 022-2019 señala tener como objetivo “promover la
actividad cinematográfica y audiovisual a fin de contribuir a su
desarrollo integral, sostenido e inclusivo”.
La nueva ley de cine señala
como finalidades promover e impulsar de manera integral y
descentralizada la actividad cinematográfica y audiovisual; fomentar y
salvaguardar la diversidad de expresiones culturales del país. Asimismo
estimular la educación en el país, así como el intercambio de
conocimientos, experiencias a través de la actividad cinematográfica y
audiovisual; Garantizar la libre circulación de las obras favoreciendo
el acceso de la ciudadanía a ellas; y promover la igualdad de derechos y
oportunidades entre mujeres y hombres que participen en la actividad
cinematográfica y audiovisual.
ESTÍMULOS ECONÓMICOS
Para estos fines, el decreto de urgencia otorga
una serie de estímulos económicos a personas naturales y jurídicas que
participen en la actividad cinematográfica y audiovisual. Estos
beneficios se otorgan a través del Ministerio de Cultura con cargo a los
recursos de su presupuesto anual “asignando para ello un mínimo de
6,000 UIT”, indica la norma. Se precisa también que los criterios para
su designación se darán en el reglamento respectivo de la nueva ley de cine peruano.
Además,
se establecen los estímulos concursables y los no concursables. El
primero está destinado a premiar obras y financiar los proyectos
ganadores de concursos impulsados por el Ministerio de Cultura. Y el
segundo, promueve actividades relacionadas a la promoción nacional e
internacional de producciones cinematográficas y audiovisuales,
preservación del patrimonio audiovisuak al fortalecimiento de
capacidades y a la formación de públicos".
Por
otro lado, la norma señala que las personas naturales y jurídicas que
realicen donaciones de dinero para proyectos cinematográficos “podrán
deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta hasta
el 10% de la suma de la renta neta del trabajo y de la renta de fuente
extranjera o hasta el 10% de la renta neta de tercera categoría luego de
efectuada la compensación de pérdidas a que se refiere el artículo 50
de la Ley del Impuesto a la Renta".
EDUCACIÓN CINEMATOGRÁFICA
La norma también señala que el Ministerio de Cultura y de Educación promoverán la enseñanza del lenguaje audiovisual y su apreciación crítica a niños y adolescentes.
Igualmente
se impulsará “la formación profesional, capacitación y especialización
de nivel superior dirigido a artistas, técnicos, profesionales-técnicos y
profesionales en las diversas áreas de la actividad cinematográfica y
audiovisual, con especial énfasis en los nuevos productores”.
PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN
En el capítulo V, la nueva ley de cine peruano establece
medidas para promover las producciones nacionales. Así, en su artículo
17, indica que el Ministerio de Cultura y la Cancillería “realizarán
acciones de promoción internacional de producciones impulsando su
presencia en eventos internacionales”.
Por otro lado, se dispone que a través del Instituto Nacional de Radio y TV del Perú (IRTP)
se realizarán acciones de coordinación de promoción y difusión de
producciones y desarrollo de la actividad cinematográfica. Asimismo, el IRTP promoverá
“espacios de difusión, estudio y debate de las obras cinematográficas y
audiovisuales”. Además, se indica que esta institución promoverá
espacios de difusión, estudio y debate de obras nacionales.
En
lo referido a la exhibición de producciones nacionales, se indica que
estos se darán según lo pactado en contratos y de acuerdo “a las
condiciones comerciales para el estreno y exhibición de la obra”.
De
igual manera, se indica que “salas de arte y ensayos, cinematecas,
cineclubs y otros espacios de exhibición alternativa” puede acceder a
estímulos económicos siempre que estén registrados y acreditados por el
Ministerio de Cultura.
Asimismo,
el decreto de urgencia establece que el Ministerio de Cultura podrá
incentivar la creación y circulación de obras cinematográficas en el
entorno digital.
Por otro lado, se señala que el Ministerio de Cultura cuenta con un archivo de custodia de obras peruanas denominado Cinemateca Peruana,
creado para “evitar su deterioro, destrucción o pérdida. Su fin es
garantizar la conservación, recuperación y exhibición del patrimonio
audiovisual de la Nación, en cualquier medio o plataforma”.
Finalmente, en la primera disposición complementaria final del decreto de urgencia, se dispone la creación del Registro Nacional de la Cinematografía y el Audiovisual.
Se trata de un instrumento de inscripción de las personas naturales o
jurídicas que desarrollen actividades cinematográficas y audiovisuales.
Se precisa que la inscripción en el registro es “un requisito previo
para acceder a los beneficios” de la norma.
Se establece que en este registro se inscriben los proyectos que pueden ser susceptibles de recibir donaciones.
Entre
otro artículos a destacar, se encuentra está la promoción del cine
indígena u originario. Estos se refieren a obras en los que los sujetos
que participan en ella, intervienen en su producción, elementos de
contenido de las obras o etapas de su realización.
La nueva ley de cine ha sido publicada en la misma edición en que se oficializó la renuncia al cargo del exministro Petrozzi y el nombramiento de su sucesora, Sonia Guillén.
Precisamente,
la noche del miércoles, cuando Petrozzi aún era ministro de Cultura,
sostuvo una reunión con el premier Vicente Zeballos en Palacio de
Gobierno. En dicho encuentro, según trascendió, se habló de la ley de cine.
https://peru21.pe/politica/ley-de-cine-publican-nueva-normativa-de-cine-peruano-a-traves-de-decreto-de-urgencia-noticia/
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