Según un Decreto Supremo publicado hoy en el
Diario Oficial El Peruano, la Política Sectorial de Educación
Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe es de obligatorio cumplimiento por todas las entidades del sector educación, en todos los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias.
Indica
que el Ministerio de Educación establece los mecanismos necesarios para
el seguimiento, monitoreo y evaluación de la política sectorial de
Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe.
Las
acciones que se realizan en el marco de la política sectorial de
Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe, se financian
con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos
involucrados, conforme a las Leyes Anuales de
Presupuesto del Sector Público, sin demandar recursos adicionales al
Tesoro Público y en el marco de las normas legales vigentes.
La
norma dispone que el Ministerio de Educación aprobará, mediante
Resolución Ministerial el Plan Nacional de Educación Intercultural
Bilingüe, el mismo que tiene naturaleza sectorial, en un plazo máximo de
30 días calendario, contados a partir de la publicación del presente
Decreto Supremo.
El Decreto Supremo que aprueba
política sectorial de Educación Intercultural Bilingüe lleva la firma
del Jefe del Estado, Ollanta Humala Tasso, y es refrendado por el
presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano Bellido; y por los
ministros de Educación, Jaime Saavedra Chanduví; y de Cultura, Diana
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-minedu-aprueba-politica-sectorial-educacion-intercultural-biling%C3%BCe-620570.aspx
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