Mediante una Resolución Ministerial publicada
hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que la publicación se
realice en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura.
Anota que las referencias
geográficas denominadas “Pueblos Indígenas de la Amazonía”, constituyen
una fuente de información actualizada sobre la información geográfica
de los polígonos o áreas de comunidades nativas georeferenciadas
reconocidas y/o tituladas, provista por las Direcciones Regionales
Agrarias de los Gobiernos Regionales, en el marco de la Base de Datos
Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios a cargo del Viceministerio de
Interculturalidad del Ministerio de Cultura.
En los considerandos de la norma se precisa que estas acciones se desarrollan de conformidad con los criterios de identificación de dichos pueblos, establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa.
Con la presente actualización se
incorpora toda la información obtenida por el Ministerio de Cultura
sobre la ubicación de las comunidades pertenecientes a pueblos indígenas
de la Amazonía, a través de un análisis de información geográfica de
los polígonos o áreas de comunidades
nativas georreferenciadas reconocidas y/o tituladas georreferenciadas,
provista por las Direcciones Regionales Agrarias de los Gobiernos
Regionales, así como de información geográfica de centros poblados
censales que, de acuerdo con los censos del Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI), se ubican en comunidades
pertenecientes a pueblos indígenas amazónicos.
Asimismo, en el marco de las competencias del Ministerio de Cultura orientadas a garantizar
el bienestar de los pueblos indígenas u originarios y velar porque las
políticas públicas que sean implementadas en favor de estos cuenten con
enfoque intercultural, resulta necesario brindar información más precisa
sobre la ubicación de las comunidades pertenecientes a pueblos
indígenas de la Amazonía.
“La presente Resolución Ministerial no excluye a ningún otro pueblo indígena u originario de ser incorporado
en la Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios, considerando
que la Base de Datos se actualiza permanentemente y es de carácter
referencial, por lo que no es constitutiva de derechos”, indica el dispositivo legal.
Esta Resolución Ministerial actualiza la información geográfica correspondiente a los pueblos indígenas de la Amazonía, la cual podrá
presentar actualizaciones posteriores de acuerdo a la información
elaborada por entidades de la administración pública u obtenida a través
de trabajos de campo del Viceministerio de Interculturalidad.
La norma lleva la firma de la ministra de Cultura, Diana Alvarez-Calderón.
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-aprueban-lista-51-pueblos-indigenas-de-amazonia-y-sus-referencias-geograficas-616550.aspx
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